Conseguir Nacionalidad Española


¿Actualmente te encuentras residiendo en Territorio Español de forma legal e ininterrumpidamente?

¿Has tomado la gran decisión de establecerte definitivamente en España?

El siguiente paso a dar es conseguir la NACIONALIDAD ESPAÑOLA, convertirte en Ciudadano Español y pertenecer a la Unión Europea.

Gestionaremos todos los trámites necesarios para la obtención de tu NACIONALIDAD, programaremos contigo las consultas necesarias para conocer y solventar tus dudas e inquietudes.

Nuestra Gestoría Administrativa dispone de los Convenios necesarios con las Administraciones Públicas, consiguiendo acortar los plazos para que obtengas la Nacionalidad Española en menos de un año.
“Las últimas NACIONALIDADES ESPAÑOLAS, tramitadas desde nuestro despacho han sido resueltas y concedidas en un plazo de 7 meses”
1
CON UN AÑO DE RESIDENCIA:

  • Nacidos en territorio Español.
  • Nacidos fuera de España, pero de Padre o Madre, Abuelo o Abuela, todos ellos que originalmente hubieran sido españoles.
  • Extranjeros Casados con un Nacional Español, viuda o viudo, no estando separados legamente, de hecho o judicialmente.



  • 2
    CON DOS AÑOS DE RESIDENCIA:

  • Ciudadanos con Nacionalidad de Origen:
  •     ⮚ Países Iberoamericanos, Filipinas, Portugal, Andorra, Guinea Ecuatorial y Sefardí.


    5
    CON CINCO AÑOS DE RESIDENCIA:

  • Ciudadanos con la condición de Refugiados


  • CONSIGUE TU NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
    ¡ PÍDENOS UNA CITA !



    • COEXISTENCIA con la Nacionalidad de Origen.
    • CIUDADANIA EUROPEA.
    • Facilidad para la REAGRUPACIONES FAMILIARES.
    • Transmisión de la NACIONALIDAD a los DESCENDIENTES.
    • Derecho SANIDAD PUBLICA UNIVERSAL.
    • Acceso a OPOSICIONES y otros CARGOS PÚBLICOS.
    • Entrada sin visado a los Países con los que España tiene convenio.
    • TRABAJAR y VIVIR en cualquier País de la Comunidad Europea.
    • Derecho al VOTO.

    1. Debes de disponer de toda la documentación original que acredite su identidad:
      • Partida de Nacimiento (Apostillado y Traducido).
      • Pasaporte y NIE.
      • Permiso de Residencia.
    2. No tener antecedentes penales en tu país de origen:
      • Certificado Antecedentes Penales (Apostillado y Traducido).
    3. Certificado de Empadronamiento.
    4. Superar las pruebas de conocimientos DELE * y CSSE.
    5. Modelo de solicitud.
    6. Pago de la Tasa Modelo 790.
    * Si en tu país de procedencia el castellano es la lengua oficial, la prueba de conocimientos DELE queda exenta de la realización del examen.
    Te prepararemos para que superes satisfactoriamente la prueba de conocimientos CSSE* del Instituto Cervantes.
    *Si has realizado tu formación academia en España y finalizado satisfactoriamente la misma, con la titulación correspondiente de los estudios cursados, aportándola al expediente, la prueba CCSE no es necesaria, queda convalidada.




    Inicia los trámites de Nacionalidad con nosotros.

    Accede y Rellena nuestro Formulario de contacto.

    “Juntos alcanzaremos el objetivo propuesto”



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